- Norma
- LFPDPPP, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025; última reforma, 14 de noviembre de 2025
- Se aplica a
- Personas físicas o morales de carácter privado que tratan datos personales (art. 2)
- No se aplica a
- Sociedades de información crediticia, en los supuestos de su propia ley; y quien recoge datos para uso exclusivamente personal, sin divulgarlos ni usarlos comercialmente (art. 1)
- Autoridad
- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (arts. 2 y 38)
- Multa máxima
- Hasta 320.000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), en las infracciones de las fracciones VIII a XVIII del art. 58. Si persiste, una multa adicional de 100 a 320.000. Con datos sensibles, los montos pueden incrementarse hasta por dos veces (art. 59)
- Respuesta a los derechos ARCO
- 20 días hábiles para responder y, si procede, 15 más para hacerla efectiva; cada plazo se puede ampliar una vez por otro igual si se justifica (arts. 2 y 31)
- Reclamar
- Ante la Secretaría, en los 15 días hábiles siguientes a la respuesta; si no te responden, desde que vence el plazo (arts. 2 y 40)
- Aviso de privacidad
- Obligatorio (art. 14), con el contenido mínimo del art. 15
- Delitos
- Hasta 5 años de prisión; el doble con datos sensibles (arts. 63 y 64)
- Texto oficial
- LFPDPPP ↗
Protección de datos en México
En México, los datos personales en manos de particulares los regula la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP). Es una ley nueva, publicada el 20 de marzo de 2025, que sustituye a la de 2010. La vigila la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Cómo reclamar
Primero ejerce tus derechos ARCO ante el responsable: debe responderte en 20 días hábiles desde que recibe tu solicitud, ampliables una vez por otros tantos si se justifica (arts. 2 y 31).
Si no responde o no te satisface la respuesta, puedes acudir a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Tienes 15 días hábiles desde que te comunican la respuesta; si no te responden, puedes presentar la solicitud de protección de datos desde que vence el plazo del responsable. En ese caso, adjunta la prueba de la fecha en que hiciste tu solicitud (arts. 2 y 40).
Está explicado en los derechos ARCO en México.
En esta sección
Información divulgativa; no sustituye el asesoramiento jurídico.