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MXLFPDPPP

Protección de datos en México

En resumen

En México, los datos personales en manos de particulares los regula la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP). Es una ley nueva, publicada el 20 de marzo de 2025, que sustituye a la de 2010. La vigila la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

LFPDPPP Arts. 1, 2, 38 Transitorio Segundo
MXMéxico en una ficha
Norma
LFPDPPP, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025; última reforma, 14 de noviembre de 2025
Se aplica a
Personas físicas o morales de carácter privado que tratan datos personales (art. 2)
No se aplica a
Sociedades de información crediticia, en los supuestos de su propia ley; y quien recoge datos para uso exclusivamente personal, sin divulgarlos ni usarlos comercialmente (art. 1)
Autoridad
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (arts. 2 y 38)
Multa máxima
Hasta 320.000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), en las infracciones de las fracciones VIII a XVIII del art. 58. Si persiste, una multa adicional de 100 a 320.000. Con datos sensibles, los montos pueden incrementarse hasta por dos veces (art. 59)
Respuesta a los derechos ARCO
20 días hábiles para responder y, si procede, 15 más para hacerla efectiva; cada plazo se puede ampliar una vez por otro igual si se justifica (arts. 2 y 31)
Reclamar
Ante la Secretaría, en los 15 días hábiles siguientes a la respuesta; si no te responden, desde que vence el plazo (arts. 2 y 40)
Aviso de privacidad
Obligatorio (art. 14), con el contenido mínimo del art. 15
Delitos
Hasta 5 años de prisión; el doble con datos sensibles (arts. 63 y 64)
Texto oficial
LFPDPPP ↗
Verificado el 09/10/2026

Cómo reclamar

Primero ejerce tus derechos ARCO ante el responsable: debe responderte en 20 días hábiles desde que recibe tu solicitud, ampliables una vez por otros tantos si se justifica (arts. 2 y 31).

Si no responde o no te satisface la respuesta, puedes acudir a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Tienes 15 días hábiles desde que te comunican la respuesta; si no te responden, puedes presentar la solicitud de protección de datos desde que vence el plazo del responsable. En ese caso, adjunta la prueba de la fecha en que hiciste tu solicitud (arts. 2 y 40).

Está explicado en los derechos ARCO en México.

En esta sección

Información divulgativa; no sustituye el asesoramiento jurídico.