Acceso
Art. 22Acceder a tus datos en poder del responsable y conocer las condiciones de su tratamiento, a través del aviso de privacidad.
Los derechos ARCO son los de acceso, rectificación, cancelación y oposición. En México se ejercen ante el responsable, que tiene 20 días hábiles para responder y 15 más para cumplir. Si no responde o la respuesta no te satisface, puedes reclamar ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Acceder a tus datos en poder del responsable y conocer las condiciones de su tratamiento, a través del aviso de privacidad.
Corregir los datos inexactos, incompletos o desactualizados.
Que tus datos dejen de estar en poder del responsable. Primero se bloquean y después se suprimen.
Oponerte, por causa legítima, al tratamiento que te cause un daño o al tratamiento automatizado que, sin intervención humana, evalúe aspectos personales y te produzca efectos jurídicos no deseados.
Puedes ejercerlos tú o tu representante legal. Ejercer uno no es requisito ni impide ejercer otro (art. 21).
El responsable no está obligado a cancelar los datos en algunos casos. Por ejemplo, si son necesarios para cumplir un contrato o deben tratarse por disposición legal (art. 25). Tampoco procede la oposición si el tratamiento es necesario para cumplir una obligación legal (art. 26).
El responsable debe designar a una persona o un departamento de datos personales que tramite las solicitudes (art. 29). La solicitud debe incluir (art. 28):
Si pides una rectificación, indica además qué hay que modificar y aporta la documentación que lo sustente (art. 30).
Los días de la ley son días hábiles (art. 2).
«El responsable comunicará a la persona titular, en un plazo máximo de veinte días, contados desde la fecha en que se recibió la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO, la determinación adoptada, a efecto de que, si resulta procedente, se haga efectiva la misma dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se comunica la respuesta»
El responsable puede negarse en los casos del art. 33, por ejemplo si no se acredita la identidad o si lo impide una ley. Debe explicar el motivo.
Contra las resoluciones de la Secretaría cabe el juicio de amparo (art. 51). Lo que arriesga el responsable está en multas por protección de datos en México.
Información divulgativa; no sustituye el asesoramiento jurídico. · Verificado el 09/10/2026