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Hábeas data en Argentina: tus derechos y cómo reclamar

En resumen

En Argentina puedes acceder a tus datos en bancos públicos o en los privados que dan informes, y pedir que se rectifiquen, actualicen o supriman (Ley 25.326). El responsable tiene 10 días corridos para darte acceso y 5 días hábiles para rectificar o suprimir. Si no cumple, puedes iniciar ante el juez la acción de hábeas data.

Ley 25.326 Arts. 13-17, 19-20, 26-27, 33-39 Decreto 1558/2001, arts. 14, 15, 26 y 29

Tus derechos

Información

Art. 13

Pedir al organismo de control qué bases de datos existen, sus finalidades y sus responsables. El registro es de consulta pública y gratuita.

Acceso

Art. 14 · 10 días corridos

Obtener tus datos de bancos públicos o privados destinados a dar informes, acreditando tu identidad.

Rectificación, actualización y supresión

Art. 16 · 5 días hábiles

Que se corrijan, actualicen o, cuando corresponda, se supriman o se sometan a confidencialidad.

Impugnar valoraciones

Art. 20

Las decisiones judiciales o administrativas que valoren conductas no pueden basarse solo en un perfil informatizado. Si lo hacen, el acto es nulo.

Retiro de bases publicitarias

Art. 27

Pedir en cualquier momento el retiro o el bloqueo de tu nombre de las bases con fines de publicidad.

Cómo pedirlo

La solicitud de acceso no necesita fórmulas específicas, siempre que te identifique (art. 14 del Decreto 1558/2001). Puedes presentarte ante el responsable o enviarle una intimación por escrito que deje constancia de recepción. También valen los medios electrónicos o el teléfono.

El responsable debe contestar aunque no tenga datos tuyos (art. 15 del Decreto 1558/2001).

Cómo funciona el acceso

«El responsable o usuario debe proporcionar la información solicitada dentro de los diez días corridos de haber sido intimado fehacientemente.»
Ley 25.326 · texto oficial ↗
Art. 14.2Ley 25.326
  • Es gratuito una vez cada 6 meses como mínimo; antes, solo si acreditas un interés legítimo (art. 14.3). En las bases publicitarias, el acceso es siempre gratis (art. 27).
  • La información debe ser clara, sin códigos, y abarcar todo tu registro (art. 15). Puedes elegir recibirla por escrito, por medios electrónicos o por teléfono, entre otros.
  • Si la persona ha fallecido, el acceso corresponde a sus sucesores universales (art. 14.4). Deben acreditar el vínculo con la declaratoria de herederos o un documento fehaciente (art. 14 del Decreto 1558/2001).

Cómo pedir la rectificación o la supresión

El responsable debe hacerlo en un máximo de 5 días hábiles desde tu reclamo (art. 16). Mientras verifica el error, debe bloquear el archivo o indicar que la información está en revisión.

Si los datos son inexactos o incompletos, corregirlos, actualizarlos o suprimirlos no te cuesta nada (art. 19). La supresión no procede si pudiera perjudicar derechos o intereses legítimos de terceros, o si hay obligación legal de conservar los datos (art. 16.5).

Los bancos públicos pueden negar el acceso, la rectificación o la supresión con decisión fundada (art. 17). Los motivos son la defensa de la Nación, el orden y la seguridad públicos o los derechos de terceros. El acceso también puede negarse si pudiera obstaculizar ciertas actuaciones en curso: investigaciones tributarias, previsionales o penales, controles de salud y medio ambiente o infracciones administrativas (art. 17.2). Aun así, deben darte acceso cuando lo necesites para defenderte.

Informes de crédito

Los datos que sirven para evaluar tu solvencia solo pueden archivarse o cederse durante 5 años (art. 26). Se cuentan desde la última información adversa que muestre que la deuda era exigible. Si cancelas o extingues la deuda, el plazo baja a 2 años (art. 26.4). El decreto precisa que se cuenta desde la fecha en que se extingue la deuda.

Los datos de pagos hechos sin mora no tienen plazo de eliminación (art. 26 del Decreto 1558/2001).

La acción de hábeas data

Si el responsable no responde a tiempo, o la respuesta es insuficiente, queda abierta la acción judicial de protección de datos personales o de hábeas data (arts. 14 y 16). Si no te dan acceso en plazo, también puedes denunciarlo ante el organismo de control (art. 14 del Decreto 1558/2001). Hoy es la Agencia de Acceso a la Información Pública (art. 29 del mismo decreto).

La acción procede para conocer tus datos y su finalidad. También para exigir que se rectifiquen, supriman, actualicen o se mantengan en confidencialidad si se presumen falsos, inexactos, desactualizados o prohibidos (art. 33).

  • Se dirige contra bancos de datos públicos y contra los privados destinados a dar informes (art. 35).
  • Pueden ejercerla el afectado, sus tutores o curadores y sus sucesores en línea directa o colateral hasta el segundo grado, por sí o con apoderado (art. 34).
  • Es competente el juez de tu domicilio, el del demandado o el del lugar donde el hecho se exteriorice o pueda tener efecto, a tu elección (art. 36). Es federal contra archivos públicos de organismos nacionales, y contra archivos interconectados en redes entre jurisdicciones.
  • Se tramita por el procedimiento del amparo común (art. 37). En la demanda hay que justificar que antes se ejercieron los derechos ante el responsable (art. 38).
  • Puedes pedir que, mientras dure el juicio, el archivo indique que la información está sometida a un proceso judicial (art. 38). Si el dato es claramente discriminatorio, falso o inexacto, el juez puede bloquearlo provisionalmente.
  • El juez pide un informe al archivo, que tiene 5 días hábiles para contestar, ampliables por el juez (art. 39).

Las sanciones que puede imponer la Agencia están en multas por protección de datos en Argentina.

Información divulgativa; no sustituye el asesoramiento jurídico. · Verificado el 09/10/2026