ley·de·proteccion·de·datos l·d
PaísESEspaña
ESLey · LO 3/2018

Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos (LOPDGDD)

En resumen

La LOPDGDD es la ley española que completa el RGPD en lo que este deja a cada país. Fija en más de catorce años la edad para consentir el tratamiento de tus datos. También amplía los casos de delegado de protección de datos, regula la videovigilancia y añade derechos digitales.

LO 3/2018 BOE-A-2018-16673
ESFicha de la ley
Nombre oficial
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
Número
LO 3/2018
Publicación
BOE núm. 294, 06/12/2018
En vigor
07/12/2018
Última actualización
27/12/2025
Autoridad
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
Se aplica con
Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD)
Texto oficial
BOE-A-2018-16673 ↗
Verificado el 09/10/2026

Qué añade al RGPD

El RGPD se aplica directamente en toda la Unión Europea. La LOPDGDD no lo repite: completa lo que el reglamento deja a cada Estado.

  • Edad para consentir: un menor solo puede consentir el tratamiento de sus datos si es mayor de catorce años. La excepción: que la ley exija la asistencia de sus padres o tutores (art. 7).
  • Información por capas: basta con dar primero la información básica y un enlace o medio para consultar el resto (art. 11).
  • Personas fallecidas: sus familiares y herederos pueden pedir acceso a sus datos y, en su caso, su rectificación o supresión. No pueden si el fallecido lo prohibió expresamente o lo prohíbe una ley (art. 3).
  • Videovigilancia: regula el uso de cámaras para la seguridad de personas y bienes (art. 22).
  • Ficheros de morosos: fija cuándo se presume lícito tratar deudas en sistemas de información crediticia (art. 20).
  • Régimen sancionador: clasifica las infracciones y sus plazos de prescripción (arts. 70 a 78). Está explicado en multas por protección de datos en España.

Cuándo hay que nombrar un delegado de protección de datos

En los casos del artículo 37.1 del RGPD y, además, siempre en las entidades que enumera el artículo 34 de la LOPDGDD. Entre ellas están los colegios profesionales, los centros docentes y las universidades, y las entidades aseguradoras.

«en los supuestos previstos en el artículo 37.1 del Reglamento (UE) 2016/679 y, en todo caso, cuando se trate de las siguientes entidades: a) Los colegios profesionales y sus consejos generales. b) Los centros docentes que ofrezcan enseñanzas en cualquiera de los niveles establecidos en la legislación reguladora del derecho a la educación, así como las Universidades públicas y privadas.»
Ley Orgánica 3/2018 · texto oficial ↗
Art. 34.1LOPDGDD

Los derechos digitales

El título X (arts. 79 a 97) reúne los derechos digitales. Algunos desarrollan derechos del RGPD y otros no tienen equivalente en él. Por ejemplo, los trabajadores y los empleados públicos tienen derecho a la desconexión digital (art. 88).

Cronología

  1. 25/05/2018El RGPD empieza a aplicarse
    Directamente, en toda la Unión Europea
  2. 06/12/2018Publicación de la LOPDGDD en el BOE
    BOE núm. 294
  3. 07/12/2018Entrada en vigor de la LOPDGDD
    Al día siguiente de su publicación
  4. 27/12/2025Última actualización consolidada en el BOE

Información divulgativa; no sustituye el asesoramiento jurídico. · Verificado el 09/10/2026