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Tus derechos de protección de datos en España

En resumen

En España tienes los derechos de los artículos 15 a 22 del RGPD sobre tus datos personales. Quien trata tus datos tiene que responderte en un mes, ampliable otros dos según la complejidad y el número de solicitudes. Si no lo hace, puedes reclamar ante la AEPD.

Arts. 12, 15-22 y 77 RGPD Arts. 12-14, 65, 72 y 74 LOPDGDD

Los derechos

Acceso

Art. 15 RGPD

Saber si tratan tus datos y obtener una copia.

Rectificación

Art. 16 RGPD

Corregir los datos inexactos.

Supresión («derecho al olvido»)

Art. 17 RGPD

Pedir que borren tus datos en los casos que prevé el artículo.

Limitación

Art. 18 RGPD

Pedir que limiten el uso de tus datos mientras se verifica si son exactos, entre otros casos.

Portabilidad

Art. 20 RGPD

Recibir tus datos en un formato que puedas llevar a otro proveedor, en los casos del artículo.

Oposición

Art. 21 RGPD

Oponerte a que traten tus datos, por ejemplo con fines de mercadotecnia.

Decisiones automatizadas

Art. 22 RGPD

No ser objeto de decisiones solo automatizadas, incluidos los perfiles, con efectos jurídicos sobre ti o que te afecten de forma significativa parecida, salvo las excepciones del artículo.

Plazo de respuesta

Quien trata tus datos debe responder a tu solicitud en el plazo de un mes desde que la recibe. Puede ampliarlo otros dos meses si hace falta, por la complejidad o el número de solicitudes (art. 12.3 RGPD). Si lo amplía, debe avisarte dentro del primer mes y explicarte el motivo.

«en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud. Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos meses en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad y el número de solicitudes.»
Reglamento (UE) 2016/679 · texto oficial ↗
Art. 12.3RGPD

Si decide no atender tu solicitud, debe decírtelo sin demora y, como mucho, en un mes, y explicarte por qué (art. 12.4 RGPD). También debe informarte de que puedes reclamar ante una autoridad de control o ir a los tribunales.

Cómo ejercer tus derechos

  • Puedes hacerlo tú o por medio de un representante legal o voluntario (art. 12.1 LOPDGDD).
  • Quien trata tus datos debe informarte de los medios para ejercerlos, y esos medios deben ser fácilmente accesibles. No puede negarse solo porque uses otro medio (art. 12.2 LOPDGDD).
  • Es gratuito (art. 12.5 RGPD). Si la solicitud es manifiestamente infundada o excesiva, por ejemplo por repetitiva, puede cobrar un canon razonable o negarse, pero tiene que demostrarlo.
  • El acceso puede considerarse repetitivo si lo pides más de una vez en seis meses, salvo que haya una causa legítima (art. 13.3 LOPDGDD).
  • Si tiene dudas razonables sobre tu identidad, puede pedirte la información necesaria para confirmarla (art. 12.6 RGPD).
  • Para rectificar, indica qué datos y qué corrección quieres, con documentos si hace falta (art. 14 LOPDGDD).
  • Los derechos de los menores de catorce años pueden ejercerlos quienes tienen su patria potestad (art. 12.6 LOPDGDD).

Demostrar que respondió a tu solicitud le corresponde a quien trata tus datos (art. 12.4 LOPDGDD).

Si no te responden: reclamar ante la AEPD

Puedes presentar una reclamación ante una autoridad de control, en particular la del Estado donde vives, trabajas o donde se habría producido la infracción (art. 77 RGPD). En España es la Agencia Española de Protección de Datos.

Antes de decidir si admite la reclamación, la AEPD puede enviarla al delegado de protección de datos de quien trata tus datos (art. 65.4 LOPDGDD). Si no tiene delegado ni está adherido a un sistema de resolución extrajudicial de conflictos, puede enviársela a quien trata tus datos, que debe responder en un mes. Inadmite las reclamaciones que no tratan de protección de datos, carecen claramente de fundamento, son abusivas o no aportan indicios de una infracción (art. 65.2 LOPDGDD).

No atender una solicitud de derechos es una infracción. Es leve (art. 74.c LOPDGDD) salvo que se impida, se obstaculice o se desatienda de forma reiterada, que es muy grave (art. 72.1.k LOPDGDD). Está explicado en multas por protección de datos en España.

Información divulgativa; no sustituye el asesoramiento jurídico. · Verificado el 10/10/2026